La incongruencia jurídica peruana: La protección animal y la desprotección de los bebés por nacer


Luego de publicarse en el diario oficial “El Peruano” la Ley de Protección y Bienestar Animal – Ley N° 30407, el pasado viernes 8 de enero de 2016, nuestro ordenamiento peruano arrostra una de sus más claras contradicciones al hacerse evidente la desprotección de los bebés por nacer. ¿Cómo así?

Con esta nueva ley se protege el bienestar, vida y salud de los animales vertebrados, domésticos o silvestres, mantenidos en cautiverio y los animales de compañía (mascotas); se prohíbe a toda persona causarles daño, sufrimiento innecesario, maltrato, lesión o muerte; se pone a cargo del Estado el deber de atender a estos animales e intervenir en casos de maltrato; y, se sanciona con una pena privativa de libertad (cárcel) de hasta 3 años además de una multa entre 4 mil y 200 mil soles a quienes infrinjan las disposiciones dadas, ello, sin considerar las medidas adicionales que puedan aplicarse y las responsabilidades civiles que puedan generarse.

Nada mal hasta allí; pero, ¿qué pasa con aquellos animales vertebrados llamados seres humanos, que ya han sido concebidos, pero que aún no han nacido? Hoy por hoy, el matar a un bebé gestado a consecuencia de una violación o de graves taras físicas y/o psíquicas es sancionado únicamente con una pena máxima de tres meses (no cárcel efectiva)[1]. Es decir, hoy en Perú, maltratar a un animal (no humano) es más grave que matar a un bebé. ¿Por qué?, ¿acaso la vida de un animal vale más que la de un bebé?

Los seres humanos somos personas con una dignidad intrínseca, por tanto, seres más valiosos que cualquier especie animal. Pero, incluso si nos atribuyésemos una mera definición de animales vertebrados, resulta absurdo apreciar cómo el legislador peruano ha aprobado esta norma excluyendo a su propia especie (los bebés por nacer) de mecanismos de protección tan buenos como estos. ¿Es posible estar a favor de esta Ley contra el maltrato animal y no cuestionar la falta de medidas legislativas que verdaderamente garanticen la vida humana?, ¿cómo aplaudirla y, por otro lado, demandar que se liberalice el aborto, desprotegiendo así la vida de un ser vertebrado mucho más valioso e indefenso?, ¿La vida de una animal -un perro o un gato- vale más que la de un niño por nacer? Salvo que alguien piense que una mujer no gesta en su vientre a otro ser humano o algo menos que un animal doméstico, ¿cómo explicar esta incongruencia en nuestra legislación?

Así como se otorga mayor protección para los animales domésticos, también debería adoptarse un mayor resguardo y consideración con los seres humanos próximos a nacer, sí, tu propia especie.



[1] Artículo 68 del Código Penal peruano.

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